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RESICO: Régimen Simplificado de Confianza 2023 para personas físicas

En este régimen, para contribuyentes con ingresos hasta de 3.5 millones de pesos, la tasa del impuesto sobre la renta (ISR) es desde 1% hasta 2.5 %.

Pueden acceder a dicho beneficio los contribuyentes que realizan las siguientes actividades:

  • Actividades empresariales y profesionales (talleres mecánicos, imprentas, restaurantes, cafeterías, cocinas económicas, cantinas, bares, tiendas de abarrotes, misceláneas, minisuper, escuelas, guarderías, ferreterías y refaccionarias; así como abogados, contadores, médicos, odontólogos, entre otros servicios profesionales).

  • Uso o goce de bienes inmuebles (arrendamiento de departamentos, casas y locales comerciales).

  • Actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras (AGAPES):

Artículo 74. Deberán cumplir con sus obligaciones fiscales en materia del impuesto sobre la renta conforme al régimen establecido en el presente Capítulo, los siguientes contribuyentes: 

I - Las personas morales de derecho agrario que se dediquen exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas o silvícolas, las sociedades cooperativas de producción y las demás personas morales, que se dediquen exclusivamente a dichas actividades. 

II - Las personas morales que se dediquen exclusivamente a actividades pesqueras, así como las sociedades cooperativas de producción que se dediquen exclusivamente a dichas actividades.

Adicionalmente pueden obtener ingresos por salarios e intereses, siempre que la totalidad de los ingresos no supere el monto de los 3.5 millones de pesos al año.


¿Qué es el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y cómo funciona?

Es el nuevo régimen fiscal enfocado en las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs), las cuales obtienen los siguientes beneficios: 

  • Cálculo automático de impuestos. 

  • Facilidades administrativas.

  • Declaraciones programadas.

  • Bajas tasas del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

Características del RESICO

En él tributan: 

  • Las personas morales con ingresos anuales menores a 35 millones de pesos.

  • Las personas físicas con actividad empresarial que ingresen menos de 3.5 millones de pesos anuales.

  • En el caso de las personas físicas con actividad empresarial se eliminan:

  • Las deducciones, dado que el cálculo del Impuesto Sobre la Renta (ISR) es automático con base en lo facturado. 

  • En el caso de las personas morales se permite acumular ingresos cuando, efectivamente, se perciben; esto es, mediante el flujo de efectivo.

  • Se propone un esquema de deducción de inversiones a menor plazo. 

  • La determinación de los pagos provisionales deja de utilizar el coeficiente de utilidad obtenido del ejercicio fiscal anterior con el fin de apoyar a las micro y pequeñas empresas.

  • El contribuyente no tiene derecho a deducciones para ISR.

  • El contribuyente tiene derecho a deducciones para la Renta Gravable (PTU).

  • El IVA de las deducciones es acreditable.

  • Retención de 1.25% de ISR por personas morales. (Contribuyentes que realicen actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes, a personas morales, estas últimas deberán retener la tasa del 1.25 %).

  • El contribuyente no tiene derecho al acreditamiento de ISR retenido en pagos provisionales.

  • Cancelación del CFDI global en el mismo mes. Los CFDI globales se emiten para todas aquellas ventas por las que ningún cliente solicitó un comprobante.

  • No hay cambios en lo referente al Impuesto al Valor Agregado (IVA).

RESICO Personas morales

En el Régimen Simplificado de Confianza estarán las personas morales constituidas únicamente por personas físicas que no estén asociados a otras personas morales, cuyos ingresos totales en el año no excedan de 35 millones de pesos, entre otros requisitos establecidos.

De acuerdo con censos económicos e información de los padrones del SAT, existen más de 2 millones de
personas morales quienes se constituyen como micro, pequeñas y medianas empresas que promueven la activación económica e impulsan la competitividad.

¿Cómo será la simplificación administrativa?

Se precargará la información sobre los ingresos y gastos en las declaraciones para una sencilla determinación de los impuestos.

¿Cuáles son los beneficios?

Este nuevo régimen tiene el objetivo de otorgar mayor liquidez a estas personas morales. Es decir, pretende que las empresas tengan mayor cantidad de efectivo para sus gastos inmediatos.

¿Cómo se obtiene esta liquidez?

Por dos vías:

Actualmente las personas morales, al ser proveedoras, pagan impuestos una vez facturadas sus ventas aun cuando sus acreedores, a quienes venden, no paguen al momento de la facturación.

¿Cómo cambia esto con el nuevo Régimen Simplificado de Confianza? Desde 2022, estas personas morales pagan sus impuestos únicamente cuando tengan ingresos por facturación efectivamente cobrada.

Las empresas al comprar maquinaria y ciertas inversiones que utilizan para su actividad, pueden deducirlo para pagar menores impuestos. Con el Régimen Simplificado de Confianza siguen deduciendo, pero en menor tiempo y con mayores tasas.



RESICO Personas físicas

El Régimen Simplificado de Confianza es una simplificación administrativa para que el pago del impuesto sobre la renta (ISR) se realice de forma sencilla, rápida y eficaz. 

El objetivo de este esquema es la reducción de las tasas de este impuesto para que las personas que tengan menores ingresos, paguen menos. Esta propuesta del Servicio de Administración Tributaria (SAT) se basa en las mejores prácticas internacionales.

La propuesta está orientada a contribuyentes personas físicas que perciben ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos facturados conforme a su actividad económica, pertenecientes a alguno de los cuatro regímenes fiscales que conforman el Régimen Simplificado de Confianza:

  • Actividades empresariales y profesionales

  • Régimen de Incorporación Fiscal

  • Uso o goce de bienes inmuebles (arrendamiento)

  • Actividades Agrícolas, Ganaderas, Pesqueras o Silvícolas

  • Con este Régimen se beneficia al 82 por ciento de los contribuyentes personas físicas.

Es importante acotar que los trabajadores asalariados no participarán de este régimen, sino que se mantendrán bajo el Régimen de Sueldos y Salarios.

El nuevo Régimen Simplificado de Confianza utilizará como base los ingresos facturados y cobrados, lo que permitirá disminuir la labor contable del contribuyente sin que requiera el apoyo de terceras personas. 

El SAT como anualmente lo realiza, hará los cálculos y ofrecerá la declaración anual precargada que estará prácticamente lista, solamente para ser cotejada y pagar.


¿Qué personas físicas no pueden ser RESICO?

Los trabajadores que están inscritos en el Régimen de Asimilados a Salarios. Para estas personas, no habrá cambios, ya que son consideradas personas físicas que no pueden tributar en RESICO.

Es importante mencionar que el régimen no incluye a las personas físicas que sean socios, accionistas o miembros de personas morales, así como a los residentes en el extranjero con establecimientos permanentes en el país, y aquellos que tengan ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes. Estos individuos no son elegibles para formar parte de este régimen.

Así mismo, no podrán tributar en RESICO las personas físicas que estén obligadas al pago del impuesto sobre la renta por los ingresos que generan a través de internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares que presten los servicios a que se refiere la fracción II del artículo 18-B de la Ley del impuesto al Valor Agregado, por totalidad o alguna parte de sus actividades económicas y que además obtengan ingresos por actividades empresariales.

¿Quiénes pueden tributar?

Artículo 113-E: Los contribuyentes personas físicas que realicen únicamente actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes, podrán optar por pagar el impuesto sobre la renta en los términos establecidos en esta Sección, siempre que la totalidad de sus ingresos propios de la actividad o las actividades señaladas que realicen, obtenidos en el ejercicio inmediato anterior, no hubieran excedido de la cantidad de tres millones quinientos mil pesos.


¿Cuánto se paga de impuestos en RESICO?

Desde 2022, las personas que se encuentren en este esquema estarán obligados a pagar entre el 1 y el 2.5 % de sus ingresos. Debido a estas pequeñas tasas de pago de ISR, los contribuyentes no podrán deducir ningún tipo de gasto. 

Esto en razón de que, aun existiendo las posibilidades de deducción, la tasa efectiva del impuesto sobre la renta (ISR) a personas físicas fue de 25.4% durante 2020, lo cual representa diez veces más que la tasa máxima del Régimen Simplificado de Confianza.


¿Cómo se calcula el ISR?

Para calcular el pago de impuestos de manera sencilla, puedes seguir los siguientes pasos:

  1. Identifica tu ingreso total mensual o anual.

  2. Consulta el porcentaje del Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente a tu nivel salarial, proporcionado por el SAT.

  3. Resta el límite inferior de tu nivel salarial a tus ingresos para obtener la base sobre la cual se calculará el ISR.

  4. Aplica la tasa correspondiente de acuerdo con la tabla proporcionada por el SAT a la base calculada en el paso anterior.

  5. Suma la cuota fija establecida por el SAT al resultado obtenido en el paso anterior y así obtendrás el monto total del ISR que debes pagar.

No olvides siempre revisar la información actualizada proporcionada por el SAT para asegurarte de tener los datos correctos.


Cumplimiento de RESICO

El régimen RESICO tiene como objetivo simplificar la tributación para personas físicas y morales en México, permitiéndoles cumplir con sus obligaciones fiscales de manera más eficiente y transparente. 

El conocimiento sobre los porcentajes de ISR, las retenciones, y el cálculo de impuestos es fundamental para garantizar una correcta gestión de los pagos provisionales. 

Mantenerse informado sobre las regulaciones fiscales vigentes es crucial para lograr una adecuada administración financiera y evitar posibles problemas con las autoridades fiscales.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) desempeña un papel fundamental al respaldar a los contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), brindándoles un marco simplificado y accesible para tributar en el régimen. Los personas físicas y morales que optan tributar en el Régimen Simplificado de Confianza encuentran en el SAT un aliado que facilita el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Es importante tener en cuenta la situación fiscal de cada contribuyente al momento de calcular los impuestos que se pagan mensualmente. Asimismo, mantener un buzón tributario activo es esencial para recibir notificaciones y comunicaciones importantes por parte del SAT, lo que contribuye a una gestión tributaria eficaz y oportuna.


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Fuente:

SAT amplía periodo para regularizar RESICO de personas físicas

Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)

¿Qué es el Régimen Simplificado de Confianza?

RESICO Preguntas frecuentes


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