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Régimen fiscal ¿Qué es?


En México, existen sistemas normativos que rigen las obligaciones tributarias de personas físicas y morales. 

Estos sistemas, adaptados a cada tipo de entidad, incluyen el régimen fiscal para personas físicas y el régimen fiscal para personas morales, junto con enfoques específicos como el régimen de incorporación fiscal, diseñado para asistir a emprendedores y pequeños negocios.


¿Qué es el régimen fiscal?

El régimen fiscal es un conjunto de derechos y obligaciones fiscales a los que se hace acreedor un ciudadano a partir de desempeñar una actividad económica específica. 

Según tus actividades y los ingresos que percibas en determinado tiempo, puedes ubicarte en uno de los siguientes regímenes.


Régimen fiscal: persona física

Es un individuo que realiza cualquier actividad económica (vendedor, comerciante, empleado, profesionista, etc.), el cual tiene derechos y obligaciones.

Los regímenes para las Personas Físicas se clasifican de acuerdo con sus actividades e ingresos y son:

  • Régimen Simplificado de Confianza

  • Sueldos y salarios e ingresos asimilados a salarios

  • Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales

  • Régimen de Incorporación Fiscal

  • Enajenación de bienes

  • Régimen de Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas

  • Régimen de Arrendamiento

  • Intereses

  • Obtención de premios

  • Dividendos

  • Demás ingresos


Régimen fiscal: personas morales

Una persona moral es el conjunto de personas físicas, que se unen para la realización de un fin colectivo, son entes creados por el derecho, no tienen una realidad material o corporal (no se pueden tocar como tal como en el caso de una persona física), sin embargo, la ley les otorga capacidad jurídica para tener derechos y obligaciones.


¿Cuáles son los tipos de régimen fiscal SAT?

En México, el sistema tributario contempla varios tipos de regímenes fiscales que se adaptan a las necesidades y características de los contribuyentes. 

Estos regímenes determinan cómo las personas físicas y morales deben cumplir con sus obligaciones fiscales y calcular sus impuestos:


Tipos de Regímenes fiscales para Personas Físicas

Régimen de incorporación fiscal

En el Régimen de Incorporación Fiscal se encuentran los contribuyentes que realizan actividades empresariales, venden bienes o prestan servicios (que para su realización no requieren título profesional), siempre que el total de sus ingresos no exceda los dos millones de pesos.

Ejemplo de actividades empresariales: fondas, misceláneas, salones de belleza, refaccionarias, talleres mecánicos, tintorerías, carnicerías, papelerías, fruterías, ente otras. 

Régimen Simplificado de Confianza

Pueden inscribirse al Régimen Simplificado de Confianza aquellas personas físicas que realicen únicamente actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes, siempre que la totalidad de sus ingresos propios de la actividad o las actividades, obtenidos en el ejercicio inmediato anterior, no excedan de la cantidad de tres millones quinientos mil pesos.

Actividades empresariales

Este régimen no establece un límite de ingresos y es para aquellas personas que realicen actividades comerciales, industriales, de autotransporte, agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícolas.

Arrendamiento de inmuebles

Necesitas darte de alta en este régimen si rentas o subarriendas bienes inmuebles, como departamentos habitacionales, locales comerciales, bodegas, edificios, casas habitación y terrenos.

Servicios profesionales

Este régimen está pensado para las personas que obtienen ingresos por prestar servicios profesionales de manera independiente (honorarios) a empresas, dependencias de gobierno o personas físicas en general.  

Régimen de Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas.

Este esquema facilita y simplifica el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, al contar con la opción de que las plataformas tecnológicas les retengan el ISR e IVA de forma definitiva y los paguen directamente al SAT, de esta forma ya no realizarán las declaraciones mensuales, en virtud de que las retenciones que les efectúe la plataforma tecnológica tienen el carácter de pago definitivo.

Para que puedan optar por considerar la retención de impuestos que realice la plataforma tecnológica como pago definitivo, sus ingresos en el ejercicio no deben exceder de 300 mil pesos (incluyendo salarios e intereses).


Tipos de regímenes fiscales para personas morales

Régimen general

Te corresponde este régimen, si eres:

  • Una sociedad mercantil

  • Asociación civil

  • Sociedad cooperativa de producción

  • Instituciones de crédito, de seguros y fianzas

  • Almacenes generales de depósito

  • Arrendadoras financieras

  • Uniones de crédito

  • Sociedades de inversión de capitales;

  • Organismos descentralizados que comercialicen bienes o servicios, y

  • Fideicomisos con actividades empresariales.

No hay limitación de actividades para pertenecer en este régimen: pueden ser importadores, exportadores, fabricantes, comercializadoras y prestadoras de servicios.

 Si perteneces a este régimen debes considerar lo siguiente:

  • Acumulación de ingresos. Si además tienes actividades de otro régimen. Para mayor información accesa a las "Disposiciones fiscales aplicables a Régimen General de ley", donde podrás consultar específicamente los ordenamientos jurídicos de tu actividad.

  • Cumplir con obligaciones fiscales.

  • Deducir gastos.

Personas morales con fines no lucrativos

Si realizas actividades de asistencia, de servicios, enseñanza, investigación, administración, entre otras, sin perseguir un fin lucrativo, eres una persona moral con fines no lucrativos, como:

  • Sindicatos

  • Asociaciones Religiosas

  • Cámaras

  • Colegios de profesionales

  • Asociaciones y sociedades civiles

  • Donatarias

  • Sociedades cooperativas

  • Sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro.

  • Los partidos y asociaciones políticas, legalmente reconocidos.

  • La Federación, las entidades federativas, los municipios y organismos descentralizados.

En este supuesto, no eres sujeto del Impuesto sobre la Renta, salvo que percibas ingresos por enajenar tus bienes, por recibir intereses, premios o cuando determines o tengas conceptos asimilados a remanente distribuible (diferencia que resulta al restar de tus ingresos las deducciones autorizadas, siempre que tus ingresos sean mayores.)


¿Cómo puedo saber qué régimen fiscal debo elegir?

Elegir el régimen fiscal adecuado es una decisión importante para cualquier persona o empresa, ya que afectará la forma en que se presentan impuestos y se cumplen con las obligaciones fiscales. 

Aquí hay algunos pasos que puedes seguir para determinar qué régimen fiscal elegir:

  • Comprende tu actividad: Analiza lo que haces (vender productos, servicios, etc.).

  • Investiga opciones: Conoce los diferentes regímenes fiscales en tu país.

  • Evalúa ingresos y gastos: Considera tus ingresos y gastos previstos.

  • Profesional de impuestos: Consulta con un contador o asesor fiscal.

  • Proyecciones fiscales: Calcula cómo afectaría cada régimen tus impuestos.

  • Flexibilidad futura: Piensa si el régimen se adapta a cambios futuros.

  • Cumplimiento legal: Asegúrate de que la opción elegida sea legal.

  • Decisión informada: Elige el régimen que se ajuste a tus necesidades y metas.


¿Cuándo debo cambiar mi régimen fiscal?

¿Quiénes lo presentan? Personas morales que:

  • Modifiquen las actividades económicas que realizan y siempre que conserven al menos una activa.

  • Opten por una periodicidad de cumplimiento de obligaciones fiscales diferente o cuando opten por no efectuar pagos provisionales o definitivos.

  • Elijan una opción de tributación diferente a la que tienen.

  • Tengan una nueva obligación fiscal por cuenta propia o de terceros o cuando deje de tener alguna de éstas.

  • Cambien su actividad económica preponderante.

¿Cuándo se presenta?

  • Dentro del mes siguiente a aquél en que se dé la situación jurídica o de hecho que lo motive.
  • En caso de cambios de residencia fiscal, a más tardar dentro de los 15 días inmediatos anteriores a aquél en que suceda el cambio de residencia fiscal o máximo con dos meses de anticipación.


¿Qué régimen fiscal tiene la obligación de llevar su contabilidad?

  • Persona física a partir de 4 Millones anuales

  • Todas las Personas Morales a excepción Federación, entidades federativas, municipios, sindicatos obreros y administración pública paraestatal, a menos que realicen actividades empresariales

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Fuentes: 

Conoce los regímenes fiscales de las personas físicas | SAT

Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones de tu empresa | SAT

Conoce los tipos de régimen fiscal para personas físicas | GOB MX

Esto es lo que debes saber si te corresponde este régimen | SAT

Personas morales con fines no lucrativos | SAT




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