En México, existen sistemas normativos que rigen las obligaciones tributarias de personas físicas y morales.
Estos sistemas, adaptados a cada tipo de entidad, incluyen el régimen fiscal para personas físicas y el régimen fiscal para personas morales, junto con enfoques específicos como el régimen de incorporación fiscal, diseñado para asistir a emprendedores y pequeños negocios.
2. Régimen fiscal: persona física
3. Régimen fiscal: personas morales
4. ¿Cuáles son los tipos de régimen fiscal SAT?
5. Tipos de Regímenes fiscales para Personas Físicas
6. Tipos de regímenes fiscales para personas morales
7. ¿Cómo puedo saber qué régimen fiscal debo elegir?
8. ¿Cuándo debo cambiar mi régimen fiscal?
9. ¿Qué régimen fiscal tiene la obligación de llevar su contabilidad?
10. Cumple con tus obligaciones fiscales con CONTPAQi®
El régimen fiscal es un conjunto de derechos y obligaciones fiscales a los que se hace acreedor un ciudadano a partir de desempeñar una actividad económica específica.
Según tus actividades y los ingresos que percibas en determinado tiempo, puedes ubicarte en uno de los siguientes regímenes.
Es un individuo que realiza cualquier actividad económica (vendedor, comerciante, empleado, profesionista, etc.), el cual tiene derechos y obligaciones.
Los regímenes para las Personas Físicas se clasifican de acuerdo con sus actividades e ingresos y son:
Una persona moral es el conjunto de personas físicas, que se unen para la realización de un fin colectivo, son entes creados por el derecho, no tienen una realidad material o corporal (no se pueden tocar como tal como en el caso de una persona física), sin embargo, la ley les otorga capacidad jurídica para tener derechos y obligaciones.
En México, el sistema tributario contempla varios tipos de regímenes fiscales que se adaptan a las necesidades y características de los contribuyentes.
Estos regímenes determinan cómo las personas físicas y morales deben cumplir con sus obligaciones fiscales y calcular sus impuestos:
En el Régimen de Incorporación Fiscal se encuentran los contribuyentes que realizan actividades empresariales, venden bienes o prestan servicios (que para su realización no requieren título profesional), siempre que el total de sus ingresos no exceda los dos millones de pesos.
Ejemplo de actividades empresariales: fondas, misceláneas, salones de belleza, refaccionarias, talleres mecánicos, tintorerías, carnicerías, papelerías, fruterías, ente otras.
Pueden inscribirse al Régimen Simplificado de Confianza aquellas personas físicas que realicen únicamente actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes, siempre que la totalidad de sus ingresos propios de la actividad o las actividades, obtenidos en el ejercicio inmediato anterior, no excedan de la cantidad de tres millones quinientos mil pesos.
Este régimen no establece un límite de ingresos y es para aquellas personas que realicen actividades comerciales, industriales, de autotransporte, agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícolas.
Necesitas darte de alta en este régimen si rentas o subarriendas bienes inmuebles, como departamentos habitacionales, locales comerciales, bodegas, edificios, casas habitación y terrenos.
Este régimen está pensado para las personas que obtienen ingresos por prestar servicios profesionales de manera independiente (honorarios) a empresas, dependencias de gobierno o personas físicas en general.
Este esquema facilita y simplifica el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, al contar con la opción de que las plataformas tecnológicas les retengan el ISR e IVA de forma definitiva y los paguen directamente al SAT, de esta forma ya no realizarán las declaraciones mensuales, en virtud de que las retenciones que les efectúe la plataforma tecnológica tienen el carácter de pago definitivo.
Para que puedan optar por considerar la retención de impuestos que realice la plataforma tecnológica como pago definitivo, sus ingresos en el ejercicio no deben exceder de 300 mil pesos (incluyendo salarios e intereses).
Te corresponde este régimen, si eres:
No hay limitación de actividades para pertenecer en este régimen: pueden ser importadores, exportadores, fabricantes, comercializadoras y prestadoras de servicios.
Si realizas actividades de asistencia, de servicios, enseñanza, investigación, administración, entre otras, sin perseguir un fin lucrativo, eres una persona moral con fines no lucrativos, como:
En este supuesto, no eres sujeto del Impuesto sobre la Renta, salvo que percibas ingresos por enajenar tus bienes, por recibir intereses, premios o cuando determines o tengas conceptos asimilados a remanente distribuible (diferencia que resulta al restar de tus ingresos las deducciones autorizadas, siempre que tus ingresos sean mayores.)
Elegir el régimen fiscal adecuado es una decisión importante para cualquier persona o empresa, ya que afectará la forma en que se presentan impuestos y se cumplen con las obligaciones fiscales.
Aquí hay algunos pasos que puedes seguir para determinar qué régimen fiscal elegir:
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Fuentes:
Conoce los regímenes fiscales de las personas físicas | SAT
Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones de tu empresa | SAT
Conoce los tipos de régimen fiscal para personas físicas | GOB MX
Esto es lo que debes saber si te corresponde este régimen | SAT
Personas morales con fines no lucrativos | SAT