¿De qué trata la nueva Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación?
La nueva Ley de Impuestos Generales de Importación y Exportación (LIGIE) fue publicada por la Secretaría de Economía el 07 de junio de 2022 en el Diario Oficial de la Federación (DOF); sus objetivos son:
Modernizar el ordenamiento vigente.
Adaptarse a los nuevos flujos de comercio internacional actual y al avance tecnológico.
Creación de partidas arancelarias
Creación y modificación de fracciones arancelarias.
Identificación y regulación de ciertas mercancías que causen un impacto social y medioambiental.
Es decir, la nueva LIGIE codifica todas las mercancías y determina su clasificación en el comercio internacional por medio de una nomenclatura para propósitos aduaneros, estadísticos y de transporte, así como los medios por los cuales se transportan.
Principales modificaciones a la LIGIE 2022
En esta nueva modificación a la Ley:
Se crean 396 subpartidas y 531 fracciones arancelarias. Las subpartidas son los primeros seis dígitos de la clasificación de una mercancía; y las fracciones arancelarias contemplan, además, los últimos dos dígitos según el país; es decir los ocho dígitos.
Se modifican 126 subpartidas y 803 fracciones arancelarias.
Se eliminan 146 subpartidas y 259 fracciones arancelarias.
Por otro lado, la Ley incorpora artículos para tener una identificación más precisa de las mercancías tales como:
Insectos vivos no comestibles.
Subproductos del pescado.
Impresoras 3D.
Drones.
Smartphones.
Basura tecnológica.
Además, provee una clasificación arancelaria específica para productos como:
Tabaco y nicotina.
Kits de diagnóstico rápidos.
Químicos con potencial de calentamiento global
Mercancías de uso dual.
Las empresas pueden consultar los códigos de las mercancías, la descripción del producto, la unidad, el impuesto de importación y el impuesto de exportación en la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación.
Es importante resaltar que esta ley de importaciones y exportaciones incluye dos artículos; el primero, sobre la Tarifa de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (TIGIE); y el segundo, sobre las reglas complementarias para aplicarlos.
¿Qué pasa si no se clasifica la mercancía de manera correcta?
En caso de clasificar la mercancía de manera incorrecta, la empresa podría enfrentarse a problemas con las autoridades aduaneras quienes están en su derecho de levantar un acta conocida como PAMA (Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera) que procede a embargar, de manera precautoria, a importadores y exportadores; así como agentes aduanales, poseedores o tenedores por el posible incumplimiento con los trámites o pagos de impuestos.
Además, debido a esta clasificación incorrecta, las empresas podrían verse acreedoras de una multa. El artículo 178 de la Ley Aduanera establece una multa de 130% al 150% de los impuestos al comercio exterior omitidos; el artículo 185 de la misma ley establece una multa de $2,049.00 a $3,073.00 pesos, en caso de omisión a algunas mencionadas, etcétera.
La LIGIE tendrá vigencia a los 10 Días siguientes en que el SAT indique que los sistemas se encuentran listos; es decir, dentro de los 180 días siguientes a su publicación.
Fuentes:
https://www.snice.gob.mx/~oracle/SNICE_DOCS/
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIGIEx.pdf
https://dof.gob.mx/2020/SEECO/LIGIE_Ref_Aduanera.pdf
https://www.snice.gob.mx/cs/avi/snice/ligie.modificaciones22.html
https://mexico.justia.com/federales/leyes/ley-aduanera/titulo-octavo/capitulo-unico/
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