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Prevé multas en tu Declaración Anual con estos consejos

Prevé multas en tu Declaración Anual con estos consejos


EL SAT amplió el plazo para que las personas físicas presenten su declaración anual  correspondiente al ejercicio fiscal 2019 hasta el 30 de junio por motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el el COVID-19. 

Las personas que obtienen sus ingresos a través de servicios profesionales, actividades empresariales, de arrendamiento, dividendos y enajenación o adquisición de bienes deben aprovechar este plazo para revisar que su declaración anual esté correcta. 

Al momento de presentar tu declaración anual es importante contar con toda la información sobre ingresos y gastos. Evita errores u omisiones para no ser merecedor a una infracción o debas volver a trabajar en tu declaración.

Dentro de los errores más comunes se encuentran: 

  • No presentar declaraciones que exijan las disposiciones fiscales
  • No hacerlo a través de los medios electrónicos señalados por el SAT
  • Presentar declaraciones incompletas, con errores o de forma distinta a lo señalado por las disposiciones fiscales.

No debes asustarte. Cuando existen errores en tu declaración, el sistema tributario te permite corregir tu declaraciones dentro de los tres años siguientes al vencimiento del plazo para declarar y antes de que se les haya notificado requerimiento especial o pliego de cargos. 

Además, tienes la opción de presentar declaraciones complementarias:declaración que corrige la original. 

Recuerda que existen cuatro tipos de declaraciones complementarias: 

  1. Para corregir declaraciones por errores.
  2. Cuando se omitió declarar.
  3. Cuando no se haya hecho un pago dentro del plazo señalado por la línea de captura. 
  4. Cuando se hayan modificado datos relacionados con la determinación de impuestos o pagos. 

Dentro de las multas que el Código Fiscal de la Federación (CFF) establece, se encuentran las siguientes: 

  • Multas por hasta 15 mil pesos si existen obligaciones no declaradas
  • Multas por 30 mil pesos si al momento de presentar la declaración cada obligación se encuentra fuera del plazo señalado
  • Multas de 25 mil al no presentar las declaraciones en los medios electrónicos y no cumplir con los requerimientos de las autoridades fiscales. 

De acuerdo al Código Fiscal de la Federación (CFF), puedes modificar hasta tres veces las declaraciones presentadas, siempre y cuando no hayas iniciado un proceso de comprobación. 

Si ya has iniciado las facultades de comprobación, puedes modificar tu declaración sólo en estos casos: 

  • Cuando sólo incrementen tus ingresos o el valor de tus actividades.
  • Cuando disminuyan tus deducciones o se reduzcan las cantidades acreditables o los pagos provisionales o de contribuciones a cuenta. 

De acuerdo con el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, como persona física el ejercicio de declaración de impuestos tiene ventajas como: 

  • Tu ahorro puede ser deducible de impuestos:
  • Cuando realices ahorro voluntario en tu cuenta de Afore, recibes beneficios fiscales.
  • Si tienes aportaciones complementarias de retiro (ACR) la deducción es hasta 10% del ingreso acumulable sin exceder un equivalente al valor de 5 veces el valor de la UMA (86.88 pesos).
  1. Gastos médicos y funerarios son deducibles de impuestos. 
  2. Gastos de colegiatura: Por eso es importante conservar los comprobantes fiscales expedidos por las escuelas. Recuerda que el monto deducible depende del nivel de estudios. 

Ya que el Sistema de Administración Tributaria (SAT) ha extendido el plazo para presentar la declaración anual de personas físicas, asegúrate de hacerlo correctamente para evitar sanciones. 

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