Obligaciones fiscales del régimen general
Obligaciones fiscales del régimen general
El cumplimiento de obligaciones fiscales bajo el régimen general emerge es fundamental para la estabilidad y desarrollo económico del país.
La efectiva gestión de responsabilidades tributarias por parte de contribuyentes y empresas no solo garantiza el sostenimiento de las finanzas públicas, sino que también juega un papel fundamental en la promoción de la equidad y justicia fiscal.
¿Qué es el régimen general?
Es aquel que se aplica a las sociedades que realicen actividades lucrativas, como son las sociedades mercantiles (sociedad anónima, sociedad de responsabilidad limitada), sociedades civiles, instituciones de crédito (casas de bolsa y bancos) y organismos descentralizados que comercialicen bienes o servicios.
¿Quiénes pertenecen al Régimen General?
Te corresponde este régimen, si eres:
una sociedad mercantil
asociación civil
sociedad cooperativa de producción
instituciones de crédito, de seguros y fianzas
almacenes generales de depósito
arrendadoras financieras
uniones de crédito
sociedades de inversión de capitales;
organismos descentralizados que comercialicen bienes o servicios, y
fideicomisos con actividades empresariales.
No hay limitación de actividades para pertenecer en este régimen: pueden ser importadores,
exportadores, fabricantes, comercializadoras y prestadoras de servicios.
Si perteneces a este régimen debes considerar lo siguiente:
Acumulación de ingresos. Si además tienes actividades de otro régimen. Para mayor información accesa a las "Disposiciones fiscales aplicables a Régimen General de ley", donde podrás consultar específicamente los ordenamientos jurídicos de tu actividad.
Cumplir con obligaciones fiscales.
Deducir gastos.
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Obligaciones de las personas morales en el Régimen General
Tanto si emprendes de forma individual como en sociedad, debes informar a las autoridades fiscales –encargadas de la recaudación de impuestos– sobre los ingresos obtenidos por la empresa.
La forma de hacerlo es a través de facturas electrónicas expedidas por la empresa en cada transacción comercial, además de las declaraciones mensuales y anuales de tales operaciones.
La periodicidad de las declaraciones, el tipo de impuestos que la empresa debe tributar y la información que la autoridad requisita varían entre personas físicas y morales.
Aquí enunciamos las obligaciones fiscales de las personas morales, esto es, para empresas constituidas a través de alguno de los 7 tipos de sociedades mercantiles mexicanas.
Las principales obligaciones de una persona moral inscrita bajo el régimen general son:
Inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Solicitar el certificado de firma electrónica o e.firma (FIEL).
Expedir facturas electrónicas (conocidas en México como Comprobante Fiscal Digital por Internet o CFDI).
Llevar la contabilidad electrónica teniendo en cuenta lo establecido en el Reglamento del Código Fiscal de la Federación (CFF).
Presentar pagos provisionales y definitivos de los impuestos.
Realizar retenciones al Impuesto sobre la Renta (ISR) cuando se paguen salarios a trabajadores o se efectúen pagos a personas físicas por la prestación de servicios profesionales.
De los impuestos sobre la renta, al valor agregado y, en su caso, sobre producción y servicios.
Si es el caso, presentar las retenciones del ISR o IVA que se hayan hecho.
Presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT).
Presentar declaraciones informativas anuales.
En caso necesario, presentar la declaración Informativa Múltiple.
Otras obligaciones
Además de lo anterior, las obligaciones incluyen:
Retener impuestos, así como expedir el comprobante fiscal que corresponda, el cual se puede considerar como la constancia de retenciones.
Formular un estado de posición financiera e inventario de existencias.
Determinar la utilidad fiscal y PTU cada año.
Llevar el control de inventarios.
Avisar por los préstamos y aportaciones para futuros aumentos de capital recibidos.
En su caso, hacer la declaración informativa en el formato electrónico Multi-IEPS.
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Fuentes:
Cumplir obligaciones fiscales | GOB MX
Esto es lo que debes saber si te corresponde este régimen | SAT