Guía de aduanas y comercio exterior en México
El comercio exterior es fundamental para la economía de México. La ubicación estratégica del país y su integración en diversos tratados internacionales han potenciado su rol como un puente comercial entre América del Norte, América Latina, Asia y Europa. Sin embargo, navegar en el ámbito del comercio internacional requiere un conocimiento detallado sobre las regulaciones aduanales y los procesos que rigen la importación y exportación de mercancías en el país.
¿Qué es la aduana en México y cómo opera?
Es la oficina de la Administración Pública Federal (Oficina de gobierno) encargada de la aplicación de la legislación relativa a los regímenes aduaneros, así como de verificar el cumplimiento de las restricciones y regulaciones de mercancías de comercio exterior, con el objetivo de aplicar las políticas establecidas por el gobierno del país para regular la entrada y salida de mercancías al territorio nacional, así como, la de asegurarse del pago de las contribuciones y cuotas compensatorias causadas por las citadas mercancías de comercio exterior.
Comercio exterior: Requisitos y procesos aduanales
Para que una empresa pueda importar o exportar mercancías en México, es fundamental cumplir con una serie de requisitos y procesos específicos, que aseguran la legalidad y seguridad de cada operación.
Requisitos para importar:
Estar inscritos en el padrón de importadores y, en su caso, en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos a cargo del Servicio de Administración Tributaria, para lo cual deben encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, comprobar ante las autoridades aduaneras que se encuentran inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes y cumplir con los demás requisitos que establezca el Reglamento de la Ley Aduanera y los que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas generales de comercio exterior.
Llevar los sistemas de control de inventarios en forma automatizada, que mantengan en todo momento el registro actualizado de los datos de control de las mercancías de comercio exterior, mismos que deberán estar a disposición de la autoridad aduanera.
Obtener la información, documentación y otros medios de prueba necesarios para comprobar el país de origen de procedencia de las mercancías para efectos de preferencias arancelarias, marcado de país de origen, aplicación de cuotas compensatorias, cupos y otras medidas que al efecto se establezcan conforme a la Ley de Comercio Exterior y tratados internacionales de los que México sea parte y proporcionarlos a las autoridades aduaneras cuando éstas lo requieran.
Entregar al agente aduanal que promueva el despacho de las mercancías una manifestación por escrito, y bajo protesta de decir verdad, con los elementos que permitan determinar el valor en aduana de las mercancías. El importador deberá conservar copia de dicha manifestación, obtener la información, documentación y otros medios de prueba necesarios para comprobar que el valor declarado ha sido determinado de conformidad con las disposiciones aplicables de la Ley Aduanera y proporcionarlos a las autoridades aduaneras cuando éstas lo requieran.
Quienes introduzcan mercancías del territorio nacional para ser destinadas a un régimen aduanero, están obligados a transmitir mediante documento electrónico a las autoridades aduaneras la información relativa a su valor y, en su caso, demás datos relacionados con su comercialización, antes de su despacho aduanero, en los términos y condiciones que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas generales de comercio exterior, misma que se entenderá por transmitida una vez que se genere el acuse correspondiente que emita el sistema electrónico aduanero. El acuse se deberá declarar en el pedimento, para los efectos del artículo 36 de esta Ley Aduanera y demás disposiciones aplicables.
Registrar electrónicamente ante la Administración General de Servicios al Contribuyente el documento mediante el cual se confiere el encargo a los agentes aduanales para que actúen como sus consignatarios o mandatarios y puedan realizar sus operaciones, utilizando el formato electrónico denominado “Encargo conferido al agente aduanal para realizar operaciones de comercio exterior o la revocación del mismo”.
Quienes introduzcan o extraigan mercancías del territorio nacional destinándolas a un régimen aduanero, están obligados a transmitir, a través del sistema electrónico aduanero, en documento electrónico a las autoridades aduaneras, un pedimento con información referente a las citadas mercancías, en los términos y condiciones que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas, empleando la firma electrónica avanzada o el sello digital y, deberán proporcionar una impresión del pedimento con la información correspondiente, el cual llevará impreso el código de barras.
Pagar los impuestos al comercio exterior.
Pagar, en su caso, cuotas compensatorias, así como al cumplimiento de las demás obligaciones en materia de regulaciones y restricciones no arancelarias y de las formalidades para su despacho.
Requisitos para exportar:
Existen dos tipos de exportación: definitiva (Señalada en el artículo 102, LA. Consiste en la salida de mercancías del territorio nacional para permanecer en el extranjero por tiempo ilimitado) y temporal (Consiste en la salida de mercancías del territorio nacional para permanecer un tiempo limitado con un fin específico en el extranjero y retornar posteriormente al país).
Para llevar a cabo una exportación se necesita una serie de requisitos y trámites, ante el SAT una de las obligaciones es estar inscrito en el Padrón de Exportadores Sectorial, el trámite es gratuito y aplica para las siguientes mercancías:
Bebidas con contenido alcohólico y cerveza.
Alcohol, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables.
Tabacos labrados como cigarros y puros.
Bebidas energizantes.
Los requisitos que deben cumplirse son estar inscrito en el RFC, presentar la Solicitud para el Padrón de Exportadores Sectorial, estar al corriente en las obligaciones fiscales entre otras, lo anterior de conformidad con la Ley Aduanera, artículos 59, fracción IV, Regla 1.3.7 de las Reglas de comercio Exterior.
Medios de introducción o extracción de las mercancías
Las mercancías podrán introducirse al territorio nacional o extraerse del mismo mediante los siguientes tráficos:
Marítimo
Terrestre
Ferroviario
Aéreo
Fluvial
Otros medios de conducción
Vía Postal
La entrada o la salida de mercancías del territorio nacional, las maniobras de carga, descarga transbordo y almacenamiento de las mismas, el embarque o desembarque de pasajeros y la revisión de sus equipajes, debe efectuarse por lugar autorizado, en día y hora hábil.
Las autoridades aduaneras, a petición de parte interesada, podrá autorizar la entrada al territorio nacional o la salida del mismo, de mercancías que por su naturaleza o volumen no puedan despacharse conforme a lo establecido en el párrafo anterior, o bien, por eficiencia y facilitación en el despacho de mercancías, así como los demás del despacho sean prestados por el personal aduanero, por lugar distinto del autorizado o en día u hora inhábil, siempre que se cumplan los requisitos que establezca el Servicio de Administración Tributaria (SAT) mediante reglas. Los administradores de las aduanas podrán habilitar lugares distintos a los autorizados, así como días y horas inhábiles, en los casos en que el servicio así lo amerite.
En el Anexo 4 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2017, se determinan los días y horas que se consideran hábiles para la entrada al territorio nacional o la salida del mismo de personas, mercancías y medios de transporte.
Fundamento legal: Artículos 10, 11 y 19 de la Ley Aduanera y 9 de su Reglamento, así como Regla 2.1.1. de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2017.
Regímenes aduaneros
Todas las mercancías que ingresen o que salen de México deben destinarse a un régimen aduanero, establecido por el contribuyente, de acuerdo con la función que se le va a dar en territorio nacional o en el extranjero.
Cuando una mercancía es presentada en la aduana para su ingreso o salida del país, se debe informar en un documento oficial (pedimento) el destino que se pretende dar a dicha mercancía.
Nuestra legislación contempla seis regímenes con sus respectivas variantes:
Definitivo
De importación: Se considera régimen de importación definitiva la entrada de mercancías de procedencia extranjera con la finalidad de permanecer en el territorio nacional por tiempo ilimitado.
De exportación: Consiste en la salida de mercancías del territorio nacional para permanecer en el extranjero por tiempo ilimitado.
Temporales
a) Para retornar al extranjero en el mismo estado
b) Para elaboración, transformación o reparación
a) Para retornar al país en el mismo estado
b) Para elaboración, transformación o reparación
Es el almacenamiento de mercancías de procedencia extranjera o nacional en almacenes generales de depósito, los cuales deben de estar autorizados para ello, por las autoridades aduaneras y prestar este servicio en términos de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito. Este régimen se efectúa una vez determinados los impuestos al comercio exterior, así como las cuotas compensatorias.
Tránsito de mercancías
Interno: Se considera que el tránsito de mercancías es interno cuando se realice conforme a alguno de los siguientes supuestos
La aduana de entrada envíe las mercancías de procedencia extranjera a la aduana que se encargará del despacho para su importación.
La aduana de despacho envíe las mercancías nacionales o nacionalizadas a la aduana de salida, para su exportación.
La aduana de despacho envíe las mercancías importadas temporalmente en programas de maquila o de exportación a la aduana de salida, para su retorno al extranjero.
Internacional: Se considerará que el tránsito de mercancías es internacional cuando se realice conforme a alguno de los siguientes supuestos:
La aduana de entrada envíe a la aduana de salida las mercancías de procedencia extranjera que lleguen al territorio nacional con destino al extranjero.
Las mercancías nacionales o nacionalizadas se trasladen por territorio extranjero para su reingreso al territorio nacional.
Consiste en la introducción de mercancías extranjeras o nacionales a dichos recintos para su elaboración, transformación o reparación, para ser retornadas al extranjero o para ser exportadas, respectivamente.
Fundamento Legal: Artículo 90 de la Ley Aduanera.
Importancia de la aduana para empresas importadoras y exportadoras
La aduana tiene una gran relevancia para las empresas involucradas en el comercio exterior. Cumplir adecuadamente con los requisitos y procesos aduanales puede traer grandes beneficios, como reducción de costos y tiempos de despacho, evitando sanciones y facilitando el flujo de mercancías en la cadena de suministro. Entre los beneficios que las aduanas aportan a las empresas importadoras y exportadoras se incluyen:
Eficiencia en la cadena de suministro: La aduana, al regular el tránsito de mercancías, ayuda a que las empresas puedan planificar mejor sus operaciones y reducir tiempos de espera.
Reducción de costos y riesgos: Al contar con una gestión adecuada y cumplir con los requisitos aduanales, las empresas minimizan el riesgo de multas, sanciones y retención de mercancías en la aduana, lo que impacta favorablemente en su flujo de efectivo.
Mejora en la competitividad: Las empresas que dominan los procesos de importación y exportación y que cumplen con las normativas aduanales pueden aprovechar oportunidades en mercados internacionales, lo que aumenta su competitividad y fortalece su imagen ante socios comerciales.
Protección y seguridad: Al verificar que las mercancías cumplan con los requisitos de calidad y seguridad, la aduana protege tanto a las empresas como a los consumidores, asegurando que solo ingresen productos que cumplan con las normativas y estándares requeridos.
Acceso a programas de facilitación comercial: La aduana en México cuenta con programas como el Operador Económico Autorizado (OEA) y el Programa IMMEX, que facilitan los procesos aduanales y otorgan ciertos beneficios fiscales y logísticos a empresas que cumplen con requisitos específicos de seguridad y logística.
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El comercio exterior en México abre grandes oportunidades para las empresas que deseen expandir su mercado y establecer relaciones comerciales a nivel internacional.
Fuente:
Medios de introducción o extracción de mercancías | ANAM