La Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) es un requisito fiscal clave para los contribuyentes en México, diseñado para que el SAT supervise el correcto cumplimiento del IVA mediante el cruce de información entre proveedores y clientes. En esta guía extendida y completa descubrirás todo lo que necesitas: desde los plazos de envío, los fundamentos legales, el proceso para su presentación, hasta las mejores prácticas y el apoyo de herramientas como CONTPAQi Contabilidad® para optimizar el cumplimiento.
La DIOT es una declaración informativa mensual en la que los contribuyentes reportan las operaciones realizadas con sus proveedores. Es obligatoria para:
Este reporte permite al SAT validar los créditos fiscales y detectar posibles omisiones o discrepancias en el IVA.
La obligación de presentar la DIOT se encuentra en el artículo 32, fracción VIII del Código Fiscal de la Federación (CFF), complementado por reglas específicas de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF). Estos ordenamientos fijan los plazos, requisitos y sanciones aplicables.
La DIOT debe enviarse a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponde la información. Si el día 17 es inhábil, el plazo se recorre al siguiente día hábil. Ejemplos prácticos:
Esto aplica a lo largo de todo el ejercicio fiscal.
La DIOT se vincula estrechamente con:
- Consejo: Usa CONTPAQi Contabilidad® para automatizar la generación y validación de archivos.
El CFF no solo establece la obligación de presentar la DIOT, sino que también define las sanciones aplicables, las facultades del SAT y los procedimientos para la fiscalización.
Mes |
Fecha límite |
Enero |
17 febrero |
Febrero |
17 marzo |
Marzo |
17 abril |
Abril |
17 mayo |
Mayo |
17 junio |
Junio |
17 julio |
Julio |
17 agosto |
Agosto |
17 septiembre |
Septiembre |
17 octubre |
Octubre |
17 noviembre |
Noviembre |
17 diciembre |
Diciembre |
17 enero siguiente año |
La DIOT debe ser consistente con lo reportado en las declaraciones anuales y la contabilidad electrónica. El SAT puede detectar diferencias entre los datos, lo que podría detonar revisiones o auditorías.
Con CONTPAQi Contabilidad® puedes:
¿Qué pasa si no envío la DIOT? Te expones a multas, restricciones de sellos digitales y auditorías.
¿Se puede enviar en ceros? Sí, si no tuviste operaciones gravadas ese mes.
¿Cómo confirmar el envío exitoso? Consulta y descarga el acuse desde el portal del SAT.
¿Puedo presentar una complementaria? Sí, para corregir errores en una DIOT previamente presentada.
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Esta guía está diseñada para ayudarte a cumplir con el SAT de forma eficiente y segura, fortaleciendo el control fiscal de tu empresa y evitando sanciones innecesarias.
Fuentes:
http://m.sat.gob.mx/fichas_tematicas/declaraciones_informativas/Documents/PyR_DIOT_02122014.pdf
https://declaralo.com/diot-que-es/