Un régimen fiscal es el conjunto de normas y leyes que regulan la manera en que las personas físicas y morales deben cumplir con sus obligaciones tributarias ante la autoridad fiscal de un país.
Para decidirlo debes tomar en cuenta la actividad que vas a realizar (es decir, tu giro comercial) y los ingresos que crees que recibirás.
Por ejemplo, ¿venderás tortas y estimas ganar 50,000 pesos anuales?, entonces necesitas inscribirte en el Régimen de Incorporación Fiscal destinado a los pequeños empresarios que ganan menos de 2 millones de pesos al año y cuyas actividades no requieran de título profesional. Si, por otro lado, rentarás locales comerciales, tu régimen será el de Arrendamiento de Inmuebles.
No olvides que si comienzas como emprendedor, freelance o autónomo, pero tú y solo tú, debes inscribirte como persona física. Si el negocio será dirigido por dos o más personas, tienes que registrarlo como persona moral.
Quienes realicen actividades comerciales, industriales, de autotransporte, agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícolas (Para tributar en este régimen no se establece un límite de ingresos).
Por ejemplo: talleres mecánicos, imprentas, restaurantes, cafeterías, cocinas económicas, cantinas, bares, tiendas de abarrotes, misceláneas; minisúpers, escuelas; kinders, guarderías, ferreterías, refaccionarias, entre otras.
Las personas que obtengan ingresos por otorgar en renta o alquiler bienes inmuebles como son: casas habitación; departamentos habitacionales; edificios; locales comerciales, bodegas, entre otros.
Las personas físicas que perciben salarios y demás prestaciones derivadas de un trabajo personal subordinado a disposición de un empleador, incluyendo la participación de utilidades y las indemnizaciones por separación de su empleo.
El término de sueldo suele ser utilizado como sinónimo de salario.
Otros ingresos con tratamiento similar al de salarios:
Les corresponde tributar en este régimen a las personas físicas que obtengan ingresos por prestar servicios profesionales de manera independiente (no como asalariados) a empresas, dependencias de gobierno o a personas físicas en general, por ejemplo: abogados, contadores, arquitectos, médicos, dentistas, ingenieros, entre otros.
Los contribuyentes personas físicas que realicen actividades empresariales, que vendan bienes o presten servicios por los que no se requiera para su realización título profesional, así como aquellos que realicen las actividades señaladas y que además obtengan ingresos por sueldos o salarios, asimilados a salarios o ingresos por intereses, siempre que el total de los ingresos obtenidos en el ejercicio inmediato anterior por los conceptos mencionados, en su conjunto no hubiera excedido de la cantidad de dos millones de pesos.
Como ejemplo de actividades empresariales: Fondas, misceláneas, salones de belleza, refaccionarias, talleres mecánicos, tintorerías, carnicerías, papelerías, fruterías, entre otras.
Para registrarte, necesitarás tu contraseña del SAT para acceder a los servicios electrónicos.
La solicitas en las oficinas del SAT y necesitas:
La e.firma, antes firma electrónica o Fiel, es el archivo digital con el que podrás firmar trámites por internet con el SAT, o con otras dependencias del país. Es única, y vale tanto como tu firma autógrafa.
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Ten en cuenta que deberás contar con tu RFC desde un principio, si aún no lo tienes, conoce con CONTPAQi® cómo tramitarlo dando clic aquí.
Para que compruebes tus ingresos, debes emitir facturas electrónicas por la prestación de tus servicios. Si tienes trabajadores, debes entregarle un comprobante de nómina por los pagos y retenciones que hagas.
Puedes hacer facturas electrónicas a través de:
Solicita factura por las compras que realices, y para que puedas incluirlas como gastos en tus declaraciones mensuales.
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