Diciembre es, sin duda, el mes más demandante para despachos contables y PyMEs en México. El cierre del ejercicio fiscal implica no solo cumplir con declaraciones y conciliaciones, sino también integrar de manera correcta todas las prestaciones laborales que los trabajadores reciben durante el año, y en especial aquellas que son características del mes de diciembre, como el aguinaldo, bonos y compensaciones.
Índice
Marco legal y regulatorio aplicable
Prestaciones ordinarias y extraordinarias en el cierre de año
Aguinaldo: punto central en diciembre
Prima vacacional y su integración
Bonos, vales y compensaciones adicionales
Retenciones fiscales y de seguridad social aplicables
Consideraciones para empresas y contadores
Errores frecuentes en la integración de prestaciones
Recomendaciones para un cierre fiscal correcto
Cierra el año con éxito en tu nómina con CONTPAQi®
Un error en esta integración puede traducirse en multas por parte del SAT, diferencias en la determinación de cuotas ante el IMSS y conflictos laborales. Además, diciembre es el mes en que los trabajadores esperan mayor claridad en su nómina, pues de ella depende la planeación de sus gastos de fin de año. Por ello, la labor del contador es crítica.
Marco legal y regulatorio aplicable
El marco legal vigente en 2025 establece qué debe integrarse a la nómina, cómo calcular las exenciones y qué obligaciones tienen los patrones:
- Ley Federal del Trabajo (LFT): Define prestaciones mínimas obligatorias como aguinaldo, vacaciones y prima vacacional.
- Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR): Regula los ingresos gravados y exentos, así como el cálculo del ISR.
- Ley del Seguro Social (LSS): Determina qué conceptos integran el salario base de cotización (SBC).
- Resolución Miscelánea Fiscal (RMF 2025): Precisa reglas operativas sobre exenciones, CFDI de nómina y retenciones.
- Código Fiscal de la Federación (CFF): Señala las obligaciones de los contribuyentes y facultades de las autoridades.
Prestaciones ordinarias y extraordinarias en el cierre de año
En diciembre, los contadores deben distinguir entre prestaciones ordinarias y extraordinarias.
- Ordinarias: salario, horas extras, comisiones y prima de antigüedad. Estas se pagan de forma regular y forman parte del ingreso mensual.
- Extraordinarias: aguinaldo, bonos navideños, vales de despensa y compensaciones especiales, que incrementan la nómina en diciembre y requieren tratamiento fiscal especial.
Un error común es no reportar adecuadamente las prestaciones extraordinarias en el CFDI de nómina, lo cual puede ocasionar discrepancias con el SAT.
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Aguinaldo: punto central en diciembre
El aguinaldo es la prestación emblemática de diciembre. La LFT obliga a pagarlo antes del 20 de diciembre, equivalente a un mínimo de 15 días de salario, aunque algunas empresas otorgan cantidades mayores por contrato colectivo o política interna.
- Exención fiscal: LISR 2025, Art. 93 fr. XIV, establece que el aguinaldo está exento hasta el equivalente a 30 UMA, lo que corresponde a $3,994.20 en 2025, según el valor oficial publicado por el INEGI.
- IMSS: De acuerdo con la LSS (Art. 27), el aguinaldo no se integra al SBC salvo la parte que exceda los límites de exención.
Prima vacacional y su integración
Aunque no siempre se paga en diciembre, la prima vacacional debe integrarse si coincide con el periodo laboral del trabajador.
- Obligación: LFT 2025, Art. 80, obliga a pagar al menos un 25% adicional sobre el salario correspondiente a los días de vacaciones.
- Exención: LISR 2025, Art. 93 fr. XIV, establece exención hasta el equivalente a 15 UMA.
- IMSS: LSS 2025, Art. 27, indica que la parte exenta no integra al SBC, pero el excedente sí.
Bonos, vales y compensaciones adicionales
En diciembre, muchas empresas otorgan bonos especiales, vales de despensa, tarjetas electrónicas y compensaciones.
- Bonos de productividad o puntualidad: Son ingresos gravados y forman parte del salario base de ISR y del SBC.
- Vales de despensa: Vales de despensa: exentos hasta el 40% de la UMA diaria por día laborado, conforme al artículo 93, fracción XX de la LISR 2025.
- Compensaciones extraordinarias: Si no están previstas en contrato colectivo, se consideran gravadas y deben timbrarse en CFDI.
Retenciones fiscales y de seguridad social aplicables
El cierre de año exige un ajuste anual del ISR y una revisión minuciosa de cuotas obrero-patronales:
- ISR sueldos y salarios: El patrón debe calcular el ISR anual del trabajador y compararlo con las retenciones efectuadas durante el año (LISR 2025, Art. 96).
- IMSS e INFONAVIT: Deben integrarse correctamente todas las percepciones para determinar cuotas y aportaciones.
- CFDI de nómina: Los pagos de diciembre deben estar debidamente timbrados, incluyendo percepciones exentas y gravadas.
Ejemplo: si un trabajador tuvo retenciones menores durante el año, el ajuste anual puede generar un cargo adicional en diciembre.
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Consideraciones para empresas y contadores
Para las PyMEs, diciembre representa un reto porque la carga de trabajo administrativo aumenta. Algunas recomendaciones prácticas:
- Conciliar nómina vs. SUA (IMSS).
- Revisar que el CFDI de nómina contenga los campos correctos: percepciones, deducciones y exenciones.
- Verificar que los pagos extraordinarios (aguinaldo, bonos) estén clasificados adecuadamente.
- Utilizar software especializado que automatice los cálculos y evite errores de captura manual.
Errores frecuentes en la integración de prestaciones
- No diferenciar entre percepción exenta y gravada en el aguinaldo.
- Omitir la integración de vales y despensas al SBC.
- Calcular mal la exención de prima vacacional.
- No realizar el ajuste anual de ISR en la nómina de diciembre.
- Timbrar CFDI incompletos o con conceptos mal clasificados.
Estos errores pueden derivar en revisiones por parte del SAT o diferencias con el IMSS.
Recomendaciones para un cierre fiscal correcto
- Revisar CFDI de nómina antes de fin de año.
- Validar integración de prestaciones con base en artículos legales vigentes.
- Conciliar retenciones del ISR vs. declaración anual.
- Usar herramientas digitales para análisis de datos y control de inconsistencias.
- Documentar exenciones y cálculos con respaldo en DOF o UMA publicada.
Cierra el año con éxito en tu nómina con CONTPAQi®
El cierre de nómina en diciembre implica integrar correctamente prestaciones como aguinaldo, bonos, vales y prima vacacional, además de cumplir con retenciones y obligaciones obrero-patronales. Un error en estos cálculos puede generar diferencias ante el SAT o el IMSS, con el riesgo de sanciones y pérdida de confianza de los trabajadores.
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