El aguinaldo es una de las prestaciones más valoradas por los trabajadores en México, pues representa un ingreso adicional en una época del año de alto gasto. No obstante, para los patrones, en especial para las Pequeñas y Medianas Empresas (PyMEs), el pago del aguinaldo implica una obligación tanto laboral como fiscal que debe atenderse con precisión.
Marco legal en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR)
Diferencia entre parte gravada y parte exenta
Criterios básicos de exención en México
Implicaciones fiscales para trabajadores y empleadores
Retos comunes en la determinación de la parte exenta
Recomendaciones prácticas para cumplir con la normativa
Consecuencias de un cálculo incorrecto ante el SAT
Tendencias y actualizaciones normativas recientes
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La Ley Federal del Trabajo (LFT, art. 87, 2025) establece que todo trabajador tiene derecho a recibir un aguinaldo anual equivalente a por lo menos 15 días de salario, el cual debe entregarse antes del 20 de diciembre de cada año (LFT, Cámara de Diputados, 2025). Este derecho aplica incluso para quienes no hayan cumplido un año completo en la empresa, ya que en esos casos el pago se hace de manera proporcional.
Más allá de su carácter laboral, el aguinaldo tiene una dimensión fiscal que requiere especial cuidado: no todo está exento de impuestos y el cálculo erróneo puede derivar en multas y conflictos con el SAT. De ahí, la importancia de conocer a detalle cómo se determina la parte exenta bajo la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR).
El tratamiento fiscal del aguinaldo está regulado en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), documento base para todas las obligaciones relacionadas con ingresos de los trabajadores.
De acuerdo con el artículo 93, fracción XIV de la LISR, están exentos del pago de ISR los ingresos que los trabajadores reciban por concepto de aguinaldo hasta un monto equivalente a 30 veces la UMA anual. Cualquier cantidad que exceda este límite debe considerarse ingreso gravado (LISR, Cámara de Diputados, 2025).
Esto significa que, aunque el trabajador reciba un aguinaldo elevado, solo la parte que supere el valor de las 30 UMAs se someterá a retención. Para los empleadores, es crucial aplicar correctamente esta disposición, ya que el artículo 96 LISR (2025) les obliga a retener y enterar el ISR correspondiente sobre ingresos gravados (LISR, 2025).
El concepto de aguinaldo combina dos componentes:
Ejemplo práctico:
Supongamos que la UMA diaria en 2025 es de $113.14. Entonces:
113.14 × 30 = 3,394.20 → monto máximo exento.
Si un trabajador recibe $6,000 de aguinaldo:
El empleador deberá incluir estos conceptos en el CFDI de nómina, reflejando claramente la separación. Esta obligación deriva de la Resolución Miscelánea Fiscal 2025, regla 2.7.5.3, que ordena detallar en el comprobante de nómina qué parte es exenta y cuál gravada.
Los contadores y despachos deben tener en cuenta lo siguiente al determinar la exención:
Esto genera escenarios en los que, incluso con aguinaldos proporcionales pequeños, la totalidad puede quedar exenta.
El aguinaldo no solo impacta al bolsillo del trabajador, sino también a la situación fiscal de la empresa.
El Código Fiscal de la Federación (CFF, art. 32-A, 2025) responsabiliza directamente a los patrones del cálculo, retención y entero de las contribuciones de sus trabajadores. La omisión puede derivar en créditos fiscales, actualizaciones y multas (CFF, 2025).
Entre los errores más frecuentes detectados en despachos contables y PyMEs destacan:
La RMF 2025, regla 2.7.5.3, advierte que los CFDIs de nómina deben reflejar correctamente percepciones exentas y gravadas, de lo contrario la autoridad puede enviar cartas invitación (SAT, 2025).
Para que una PyME o despacho contable cumpla con la ley y evite riesgos, se recomiendan las siguientes prácticas:
La Ley de Ingresos de la Federación 2025 (art. 1) valida que la UMA es la referencia oficial para exenciones y cálculos fiscales (LIF 2025).
Un error en el cálculo puede generar:
El SAT (2025) ha fortalecido los cruces automáticos entre CFDIs y declaraciones, lo que hace más probable que errores se detecten en tiempo real.
En 2025 destacan tres tendencias relevantes:
El cálculo del aguinaldo, y en particular la separación entre parte exenta y gravada conforme a la LISR, puede ser un reto para las PyMEs y despachos contables. Los errores en esta determinación no solo afectan el ingreso neto de los trabajadores, sino que pueden generar sanciones y pérdida de deducibilidad para la empresa.
Para evitarlo, contar con un software especializado como CONTPAQi Nóminas® marca la diferencia:
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