Solicita tu devolución en forma automática
¿Quién no podrá aplicar la facilidad de solicitar devolución en forma automática?
¿En qué tiempo se resuelve una solicitud de devolución?
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En México, la estructura tributaria abarca una variedad de impuestos que gravan distintas actividades económicas, bienes y servicios.
Estos impuestos son administrados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), que es el organismo encargado de recaudarlos y velar por su correcta aplicación.
El pago de impuestos en México no solo es una obligación legal, sino también un acto de responsabilidad cívica que contribuye al sostenimiento de la infraestructura, los programas sociales y el desarrollo del país.
Cuando tengas saldo a favor podrás solicitar las devoluciones que te correspondan. Esto ocurre cuando al efectuar el cálculo de tus impuestos, resulta que pagaste más de lo que debías, por lo que puedes solicitar ante el SAT que te sea devuelta la cantidad.
Según la Ley Federal de Derechos de los contribuyentes:
Artículo 2o.- Son derechos generales de los contribuyentes los siguientes:
II. Derecho a obtener, en su beneficio, las devoluciones de impuestos que procedan en términos del Código Fiscal de la Federación y de las leyes fiscales aplicables.
Para hacer valer tu derecho, el SAT ofrece la posibilidad de recibir el saldo a favor automáticamente, esta facilidad administrativa aplica a todas las personas físicas que presenten su declaración anual del ejercicio fiscal anterior al año en curso y se ubiquen en los supuestos siguientes:
1. Si el saldo a favor es igual o menor a $10,000.00, puedes presentar la Declaración anual con Contraseña.
2. Si el saldo a favor es mayor a $10,000.00 y no excede de $150,000.00, podrás presentar tu declaración anual con Contraseña, siempre y cuando selecciones una cuenta CLABE activa a 18 dígitos ya precargada en el aplicativo, misma que deberá estar a nombre del contribuyente. En caso de capturar una cuenta CLABE distinta a las precargadas, deberás presentar la declaración utilizando la e.firma o la e.firma portable.
3. Si el saldo a favor es de $10,001.00 a $150,000.00, la declaración anual se presentará utilizando la e.firma o e.firma portable.
Si el saldo a favor de la declaración anual excede de $150,000.00 no podrás aplicar la facilidad de solicitar tu devolución en forma automática, sin embargo, podrás solicitar la devolución del saldo a favor a través del Formato Electrónico de Devoluciones (FED).
Para que proceda la devolución en forma automática de la declaración anual del ejercicio fiscal anterior, debes presentarla a más tardar el día 31 de julio.
Las devoluciones deberán efectuarse dentro del plazo de los cuarenta días hábiles siguientes a la fecha en que se presentó la solicitud ante la autoridad fiscal.
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Fuentes: