¿Qué es el complemento Carta Porte?
¿Qué es el complemento Carta Porte?
El complemento carta porte es el formato electrónico de la Carta de Porte que establece la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) para realizar el traslado de los bienes y/o mercancías en territorio nacional para el autotransporte de carga general y especializada.
Dicho formato se entiende como un conjunto de datos e información de los bienes y/o mercancías, ubicaciones (origen y destino), así como del vehículo o de los diferentes medios de transporte, que se incorporan a una factura electrónica de tipo traslado o ingreso con complemento Carta Porte.
Por lo que dicho documento complementa la información de los manifiestos de carga aérea, marítima o ferroviaria, conocimientos de embarque, entre otros.
Fundamento: Artículos 29 y 29-A del CFF, reglas 2.7.1.8., 2.7.7.1.1., 2.7.7.1.2., 2.7.7.1.3., 2.7.7.1.4., 2.7.7.2.1., 2.7.7.2.2., 2.7.7.2.3., 2.7.7.2.4., 2.7.7.2.5., 2.7.7.2.6. y 2.7.7.2.7. de la RMF para 2024.
¿Cómo se debe emitir el CFDI de tipo Traslado con complemento Carta Porte?
Es un documento fiscal digital que se emite para amparar el traslado de mercancías en territorio nacional, al cual se le incorpora el complemento Carta Porte.
Los pasos se deben realizar de la siguiente manera:
El propietario, poseedor o tenedor de los bienes o mercancías, requieren trasladar bienes o mercancías.
Emite un CFDI de tipo Traslado con complemento Carta Porte, informa los bienes o mercancías a transportar, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos, propietarias o propietarios, arrendatarias o arrendatarios y operadoras u operadores, así como los datos del autotransporte.
Realiza el transporte de los bienes o mercancías por sus propios medios.
La autoridad responsable realiza verificación aleatoria en punto de control.
Llega al, o los destinos indicados y finaliza el traslado.
Recuerda que, si la factura electrónica que emites a tus clientes por servicios de transportación no contiene el complemento Carta Porte, no la podrán usar para amparar deducciones.
¿Quiénes están obligados a emitir una factura electrónica CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet) con complemento Carta Porte?
Las empresas o personas que brindan servicios de transporte de bienes y/o mercancías dentro de territorio nacional, que utilizan vehículos propios o arrendados o que tienen vehículos en posesión por cualquier figura jurídica y reciben alguna contraprestación por dichos servicios, deben emitir una factura electrónica de tipo ingreso con complemento Carta Porte.
Si eres propietario o poseedor de los vehículos y de los bienes y/o mercancías que se transportan en ellos dentro de territorio nacional, y no recibes ingresos por la transportación, debes emitir una factura electrónica de tipo traslado con complemento Carta Porte.
Si transportas bienes y/o mercancías en alguna zona local, no estás obligado a emitir una factura electrónica de tipo ingreso o traslado con complemento Carta Porte. Tampoco estás obligado a emitir factura electrónica con complemento Carta Porte, cuando utilices vehículos de carga con características que no excedan los pesos y dimensiones de un camión tipo C2, conforme a lo establecido en la NOM-012-SCT-2-2017 o la que la sustituya, siempre que en su trayecto la longitud del tramo federal que se pretenda utilizar no exceda de un radio de distancia de 30 kilómetros entre el origen inicial y el destino final, incluyendo los puntos intermedios del traslado. Conviene destacar que aun y cuando no se expida el complemento Carta Porte, se debe emitir una factura electrónica de tipo ingreso por los servicios que se presten a cambio de una remuneración.
Fundamento: Artículos 29 y 29-A del CFF, reglas 2.7.1.8., 2.7.7.1.1., 2.7.7.1.2., 2.7.7.1.3., 2.7.7.1.4., 2.7.7.2.1., 2.7.7.2.2., 2.7.7.2.3., 2.7.7.2.4., 2.7.7.2.5., 2.7.7.2.6., 2.7.7.2.7. y 2.7.7.2.8. de la RMF para 2024.
¿Qué es una factura electrónica de tipo ingreso con complemento Carta Porte?
Es una factura electrónica cuyo objetivo es manifestar la obtención del ingreso que se percibe por la prestación de servicios de transporte y a la que se le incorpora la información del complemento Carta Porte para acreditar la legal tenencia y estancia de bienes y/o mercancías durante su traslado en territorio nacional. En este tipo de comprobante se debe desglosar el traslado de impuestos.
¿Qué es una factura electrónica de tipo traslado con complemento Carta Porte?
Es una factura electrónica que emite el dueño, poseedor o tenedor de sus bienes y/o mercancías y este mismo realiza el traslado con sus propios vehículos sin recibir alguna contraprestación, a la que se le debe incorporar la información del complemento Carta Porte para acreditar su legal tenencia y estancia durante su traslado en territorio nacional.
Actualizaciones en Carta Porte 3.1
Es importante mencionar que, a partir del 17 de julio de 2024, únicamente es válida la emisión del CFDI versión 4.0 con la versión 3.1 del complemento Carta Porte.
Datos relevantes:
Se incorporan ajustes y nuevas validaciones adicionales a realizar por el proveedor de certificación para la emisión del complemento con la versión 4.0 del CFDI.
Es de uso obligatorio para los contribuyentes que realicen transporte de bienes y/o mercancías en territorio nacional.
El complemento Carta Porte en su versión 3.1, se debe utilizar a partir del 17 de julio de 2024.
Para el registro de los datos solicitados en el complemento Carta Porte, se puede consultar el instructivo de llenado correspondiente, de acuerdo al medio de transporte a utilizar.
Solo las autoridades federales están facultadas para realizar revisiones en las que se requiera exhibir el CFDI con complemento Carta Porte.
En operaciones de comercio exterior, la factura con complemento Carta Porte es exigible a partir del 1 de enero de 2024.
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Fuentes:
Preguntas frecuentes: Complemento carta porte | SAT