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Principales Cambios en la Resolución Miscelánea Fiscal 2026

Escrito por CONTPAQi® | Dec 31, 2025 4:07:51 PM

El 28 de diciembre de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2026, un documento clave que define ajustes y nuevas disposiciones fiscales para el próximo año.

Puedes consultar la publicación oficial en el siguiente enlace:

DOF - Diario Oficial de la Federación

Novedades principales de la Miscelánea Fiscal 2026

  1. 1. De acuerdo con el artículo 152 de la LISR cuando la inflación acumulada desde el último mes que se utilizó para hacer el cálculo de las tarifas actual exceda el 10%, se deberán actualizar las tarifas.

Del mes de noviembre del 2022 a febrero del 2025 la inflación acumulada ya era del 10.10%, por lo anterior, las tarifas de ISR aplicables a partir de enero del 2026 serán las siguientes:

  • Mensuales: aplicables a retenciones a salarios y pagos provisionales.

  • Anuales: para el cálculo del impuesto correspondiente al ejercicio 2026.

Es importante que si estas realizando nominas con fecha de pago del 2026 te asegures que estés calculando la nómina con las nuevas tarifas.

Si utilizas CONTPAQi® Personia y CONTPAQi® Nóminas, la actualización de las tablas de ISR será en línea y en forma automática.

 

  1. 2. Cancelación de CFDI sin aceptación del receptor

    Se establece la cancelación del CFDI sin aceptación de receptor para CFDI con monto menor o igual a 1,000 pesos para ciertos tipos de CFDI´s de acuerdo con la regla 2.7.1.35. como:

CFDI de tipo ingreso y egreso con el “Complemento Concepto para la facturación de Hidrocarburos y Petrolíferos” y de los CFDI de tipo ingreso con complemento Carta Porte, en donde se registre en el campo “BienesTransp” del complemento la o las claves “15101505” Combustible Diesel, “15101514” Gasolina regular menor a 91 octanos, y “15101515” Gasolina premium mayor o igual a 91 octanos.

Utiliza con cautela la cancelación sin aceptación del CFDI, asegurándote de tener la aceptación del receptor del CFDI antes de cancelar cualquiera de los CFDI mencionados

 

  1. 3. Estímulos fiscales por contratación incluyente

    Los patrones que contraten adultos mayores o personas con discapacidad deben utilizar los conceptos “Pago nómina – Adulto mayor” o “Pago nómina – Certificado discapacidad” según corresponda en los CFDI de nómina, para poder beneficiarse de los estímulos fiscales, recuerda que de acuerdo al artículo 186 de la LISR este estimulo consiste en poder deducir de los ingresos acumulables del contribuyente un monto equivalente al 25% del salario efectivamente pagado a las personas señaladas.

 

  1. 4. Operaciones inexistentes: medios de aclaración

    En temas de materialidad, se definen las reglas 2.9.15, 2.9.16, 2.9.17, 2.9.18, 2.9.19 y 2.9.20, donde se aclaran los mecanismo, formatos, tiempos y procesos que se deberán seguir para poder presentar aclaraciones y soporte documental al momento de desvirtuar la presunción de operaciones inexistentes frente a las revisiones de la autoridad.

Regla 2.9.15: Define el proceso para aclarar por inconformidad cuando el contribuyente haya sido publicado en los listados del SAT de acuerdo al artículo 69 del CFF

Regla 2.9.16: Establece que únicamente se publicaran los contribuyentes que además de estar no localizados presentan incumplimientos en sus obligaciones fiscales

Regla 2.9.17: Regula el proceso, los tiempos y documentación presentada para desvirtuar presuntas operaciones inexistentes a través de la ficha de tramite 82/CFF para contribuyentes hayan sido notificados de acuerdo con el artículo 69B del CFF

Regla 2.9.18: Menciona el procedimiento para que el receptor de CFDI emitidos por un EFOS pueda acreditar que efectivamente se adquirieron los bienes o servicios que amparan los comprobantes fiscales

Regla 2.9.19: Esta regla nos indica cuales son los principales elementos generales que serán necesarios para demostrar la materialidad de un CFDI como los son: ausencia de activos, personal, infraestructura, capacidad material entre otros.

Regla 2.9.20: Define el procedimiento para que puedas consultar los listados publicados en el portal del SAT con los contribuyentes que se encuentre en los supuestos del articulo 69-B y 69-B Bis del CFF

Es importante revisar la información solicitada en las siguientes fichas del Anexo 2:

  • 82/CFF
  • 83/CFF
  • 108/CFF

Sobre todo, si estás sujeto a revisión por posibles operaciones inexistentes. Genera evidencia clara de materialidad y trazabilidad (facturas, contratos, registros bancarios, fotos y videos, etc.)

Verifica que tus emisores de CFDI no estén en las listas de EFOS publicadas en el portal del SAT.

 

  1. 5. Certificaciones y artículo 49 Bis del CFF

    Se fortalece la normativa para garantizar que los contribuyentes no emitan comprobantes falsos, conforme al artículo 49 Bis del Código Fiscal de la Federación. en varios tramites como la solicitud de devoluciones de IVA o saldos a favor de ISR o como requiso para tener certificaciones como la del Proveedor Autorizado de Certificación o para la obtención de marbetes entre otros más.
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  4. 6. Programas vinculados a la Ley de Ingresos

    Se incorporan reglas específicas para los siguientes programas:
  • Regularización fiscal
  • Retorno o ingreso de recursos del extranjero
  • Copa Mundial FIFA 2026
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  2. 7. Estímulos fiscales vía decretos

    Se incluyen las reglas de operación para los siguientes estímulos fiscales:
  • Plan México
  • Servicios migratorios
  • Polos de desarrollo económico para el Bienestar

Polos de economía circular para el Bienestar 

Para cerrar, recuerda que mantenerte al día con los cambios fiscales no solo es una obligación, sino una ventaja competitiva. La Resolución Miscelánea Fiscal 2026 trae ajustes relevantes que impactan directamente en nómina, facturación y cumplimiento ante el SAT. Por ello, utilizar sistemas actualizados como CONTPAQi® te permite aplicar de forma correcta y automática las nuevas disposiciones, reducir riesgos y asegurar el cumplimiento oportuno de tus obligaciones fiscales. Mantente al día, evita errores y opera con tranquilidad apoyándote en la tecnología CONTPAQi®.